ACCIONES INDUCTIVAS SUNAT

 1. DEFINICIÓN DE ACCIÓN INDUCTIVA:

Una acción de control está orientada a comunicar inconsistencias puntuales, siendo su principal objetivo que el contribuyente cumpla sus obligaciones tributarias de manera voluntaria mediante la regularización de las mismas.

FORMAS:

i) Acción no presencial.

ii) Acción presencial: Se realiza mediante la notificación de un documento, y su anexo, mediante el cual se otorga al contribuyente una cita presencial en un Centro de Control y Fiscalización o en las oficinas de la Administración Tributaria.

2. PROCEDIMIENTO:
A. SELECCIÓN.- La Sunat aplica cruces de información y variables de selección para identificar a los contribuyentes que presentan inconsistencias en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

B. NOTIFICACIÓN: La forma de notificación puede ser física en el domicilio fiscal del contribuyente o virtual a través de SUNAT Operaciones en Línea, al buzón electrónico del contribuyente.

C. CONSULTAS Y ATENCIÓN
D. REGULARIZACIÓN O SUBSANACIÓN
E. DESCARGO
F. CIERRE

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